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Bucaramanga
Lunes 01 de junio de 2020 - 12:00 PM

La Alcaldía de Bucaramanga autorizó más alivios a contribuyentes morosos

Los beneficios aplican para deudas con mora generada desde el pasado 26 de mayo, y acuerdos de pago suscritos entre dicha fecha y el 30 de noviembre próximo.

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El alcalde de Bucaramanga, Juan Carlos Cárdenas Rey, anunció nuevos alivios para los contribuyentes morosos en los pagos de los Impuestos Predial, Valorización, Industria y Comercio, e incluso en los comparendos.

Debido a la crisis económica por la que pasan los ciudadanos, el Mandatario Local, a través del Decreto 161 de 2020, reguló la aplicación de la tasa de interés transitoria para deudas con mora generada desde el pasado 26 de mayo, así como para facilidades o acuerdos de pago suscritos entre dicha fecha y el 30 de noviembre próximo.

Los beneficios se basan en el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, declarado por la Nación.

Los ciudadanos que tuvieran pagos pendientes podrán saldar sus deudas con los siguientes plazos y rebajas:

Hasta el próximo 31 de octubre se pagará el 80% del capital sin intereses ni sanciones; y entre el 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre próximo se pagará el 90% del capital, también sin intereses ni multas.

De igual forma, si ninguno de los morosos puede pagar y acceder a estas rebajas, de todas formas podrán pagar entre el 1 de enero del próximo año y hasta el 31 de mayo del 2021; eso sí el 100% del capital, pero de igual forma sin intereses ni sanciones.

De acuerdo con Saharay Rojas Téllez, secretaria de Hacienda Municipal, “esta es una buena noticia para los ciudadanos que, dados los problemas económicos que padecen, no han podido saldar sus cuentas”.

La Alcaldía de Bucaramanga también informó que en el caso de las obligaciones no tributarias (por ejemplo, multas), los intereses de mora se liquidarán diariamente y serán equivalentes a la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia; es decir, serán liquidados con una tasa preferencial, más baja que la que normalmente se aplica.

Y quienes busquen acogerse a este beneficio deben ponerse al día con su obligación antes del 30 de noviembre próximo. Esta fecha límite también aplica para el pago de obligaciones tributarias, con la diferencia de que los contribuyentes con actividades económicas especialmente afectadas por la Emergencia Sanitaria, podrán beneficiarse de la liquidación de intereses de mora a una tasa de interés diario –equivalente al 50% de la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario–.

Los acuerdos de pago, así como los recibos para efectuar el pago de obligaciones no tributarias, se pueden solicitar ante la Tesorería Municipal, a través del módulo virtual PQRSD (Registrar solicitud> Petición general) de la Alcaldía.

Por otra parte, para obtener el recibo oficial de pago de obligaciones tributarias en mora deben ingresar a la página web del Municipio: www.bucaramanga.gov.co

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Publicado por Euclides Kilô Ardila

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