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Colombia
Viernes 22 de noviembre de 2019 - 12:00 PM

Condenan al Ejército por muerte de seis menores en Pueblorrico, Antioquia

Tuvieron que pasar 19 años para que el Consejo de Estado condenara al Ejército por el tiroteo indiscriminado perpetrado contra al menos 47 niños de la Escuela Rural de la vereda La Pica, ubicado en Pueblorrico, Antioquia, mientras se movilizaban con su docente en una salida ecológica.

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Condenan al Ejército por muerte de seis menores en Pueblorrico, Antioquia. (Foto: Colprensa/VANGUARDIA)
Condenan al Ejército por muerte de seis menores en Pueblorrico, Antioquia. (Foto: Colprensa/VANGUARDIA)

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Condenan al Ejército por muerte de seis menores en Pueblorrico, Antioquia. (Foto: Colprensa/VANGUARDIA)

Corría agosto del año 2000, cuando Lucy del Carmen, docente del centro educativo, adelantó una salida pedagógica con más de 40 niños, entre los que se encontraban sus dos hijos, y su esposo Hernando Ernesto, quien fungía como concejal del municipio.

Ese 15 de agosto, en el trayecto de la caminata, la docente, el concejal, sus hijos y demás estudiantes, fueron sorprendidos con disparos provenientes de tropas del Ejército adscritas al Batallón Cacique Nutibara de la Cuarta Brigada, y pese a que clamaban para que la acción cesara, las voces de auxilio no de disiparon hasta 40 minutos después luego de que los uniformados decidieron culminar el ataque.

Según expusieron el concejal y la docente, el saldo del ataque fue lesiones de gravedad a cuatro niños y la muerte violenta de seis menores. Lo que no dan por hecho fue la situación en la que ocurrió tal suceso dado que las características del espacio donde se encontraban daba para que los militares tuvieran visibilidad que quienes se movilizaban eran miembros de un colegio y no subversivos como en algún momento lo hicieron ver.

“Así como la hora de los hechos, permitía visibilidad y advertir que se trataba de niños, no obstante, los hombres del Ejército Nacional mantuvieron el fuego, desatendieron los llamados angustiosos de los otros grupos de marchantes y de vecinos del sector que se agolparon para suplicar que cesara el fuego”, señala la providencia.

En su momento, la cúpula militar justificó el hecho argumentando que los uniformados respondían a una emboscada de guerrilleros del Ejército de Liberación Nacional (ELN), quienes habían utilizado a los menores como escudos humanos, versión que la docente y el concejal desmintieron públicamente, dado que se pudo constatar que en esa zona y en la fecha de la excursión no se presentaron combates con insurgentes, pues allí no había presencia guerrillera.

Días más tarde, una vez los uniformados se vieron en líos por cuenta de los señalamientos de la pareja, la docente y el concejal fueron amenazados, por lo que fueron obligados a salir de Pueblorrico hacia Medellín.

En ese entonces, la docente solicitó al Comité Especial de Amenazados de la Secretaría de Educación del Departamento de Antioquia designar una comisión para salir del país y su traslado, por lo que fue reubicada laboralmente en la capital antioqueña.

Por los hostigamientos, los demandantes no solo se vieron obligados a abandonar su domicilio, sus actividades laborales, políticas, sociales y afectivas en la vereda La Pica y el municipio de Pueblorrico, sino que también los obligó a vivir una nueva etapa económica, emocional y familiar.

Además de eso, también han sufrido las marcas dejadas por los hechos vividos en la vereda la Pica, la impresión, el temor que les fue ocasionado, situación que persiste producto de posteriores amenazas, que incluso los llevó a tener que cambiar de residencia periódicamente en Medellín para proteger su vida.

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Tras el análisis de la situación, la corporación reseñó que sobre las amenazas que expusieron la docente y el concejal no existen pruebas que estas se hubieran presentado por parte de los miembros del Ejército.

“Una cosa es que un servidor solicite el traslado de su lugar de trabajo con el objeto de superar sus propios temores e iniciar una vida laboral en mejores condiciones y otra cosa es considerar que deba abandonar de manera intempestiva y sin organizar un plan de vida futuro, su lugar de residencia como consecuencia de amenazas ciertas que lo obliguen a adoptar tal determinación”, dice la providencia.

En razón a la institución demandada esta “guardó silencio”, sin embargo, la corporación tuvo en cuenta las pruebas documentales que formaron parte de la investigación de la justicia penal militar.

Con tales pruebas, el Consejo de Estado declaró administrativamente responsable a la Nación en cabeza del Ministerio de Defensa y el Ejército por el daño moral ocasionado a Lucy del Carmen, Hernando Ernesto por los hechos ocurridos.

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Publicado por Colprensa

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