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Colombia
Viernes 25 de noviembre de 2022 - 12:00 PM

La JEP remite al exsecretariado de las Farc-EP al tribunal para la paz por secuestros

La Sala concluyó que Rodrigo Londoño Echeverry, Jaime Alberto Parra, Milton de Jesús Toncel, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar reconocieron su responsabilidad por los por crímenes de guerra y lesa humanidad imputados en el Caso 01.

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Suministrada / VANGUARDIA
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La Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP expidió la primera Resolución de Conclusiones del Caso 01: ‘Toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes cometidos por las Farc-EP’.

En la Resolución No. 2 de 24 de noviembre de 2022, la Sala de Reconocimiento concluyó que los comparecientes Rodrigo Londoño Echeverry, Jaime Alberto Parra, Milton De Jesús Toncel, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar aceptaron su responsabilidad en los crímenes de guerra de toma de rehenes, crimen de lesa humanidad de graves privaciones de la libertad, y otros crímenes internacionales cometidos de manera concurrente, según lo imputado por la Sala en el Auto 19 de 2021.

En la audiencia de reconocimiento realizada en junio de 2022, ante las víctimas, la Jurisdicción y el país, los siete comparecientes asumieron de manera individual y colectiva su responsabilidad como coautores de toma de rehenes, graves privaciones de la libertad, y homicidios, así como la responsabilidad de mando de cada uno, según su trayectoria de mando, por los crímenes de guerra de torturas, tratos crueles y otros tratos inhumanos, atentados a la dignidad personal, violencia sexual y desplazamiento forzado realizados por las Farc-EP contra los secuestrados.

La Sala estableció que los componentes fáctico, jurídico y restaurativo del reconocimiento hecho por los comparecientes fueron suficientes para remitir a la Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento de Verdad del Tribunal para la Paz. Sugirió para seis de los comparecientes la máxima sanción que permite la norma, de 8 años, y de 5 años para el compareciente Rodrigo Granda que no tuvo mando sobre la tropa por las funciones que cumplía, y como tal no tenía responsabilidad de mando.

La Sección deberá evaluar cuáles serán las sanciones que impondrá a los siete exintegrantes del antiguo secretariado de las Farc-EP y definir tanto su contenido reparador y restaurador como su contenido de restricción no carcelaria de libertades y derechos.

La Sala aprobó los proyectos restaurativos-reparadores presentados por los comparecientes a saber: trabajos de desminado humanitario, búsqueda de personas dadas por desaparecidas, restauración ambiental del páramo de Sumapaz, y actividades transversales de dignificación de la memoria de las víctimas.

Estas propuestas responden tanto a lo que dispone la ley (artículo 141 de la Ley Estatutaria) como al traslado que ha hecho la Sala de las solicitudes e intervenciones sobre el tema de sanciones hechas por las víctimas a lo largo del proceso. Desde el inicio del Caso 01, las víctimas han participado en diversos momentos de manera escrita y oral. La Sala de Reconocimiento sistematizó 285 propuestas hechas por las víctimas directamente o a través de sus representantes, incluida la expuesta por la Procuraduría General de la Nación en un Banco de Proyectos de conocimiento de los comparecientes.

Recibidos los proyectos de los comparecientes, se los trasladó a las víctimas para sus observaciones. Estas hicieron observaciones al proyecto de los comparecientes, a través de sus representantes comunes como el Instituto Internacional de Responsabilidad Social y Derechos Humanos (IIRESODH), la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), la Corporación Mil Víctimas, la Federación Colombiana de Víctimas de las FARC (FEVCOL), y el Ministerio Público. Las víctimas y el Ministerio Público pidieron ajustes a las actividades de cada proyecto, y concentraron la mayor parte de sus observaciones en la forma en la que serán consultadas y acordadas con ellas los proyectos de sanción propuestos por los comparecientes.

Sobre el proyecto de sanción

En la Resolución, la Sala de Reconocimiento aprobó el proyecto de sanción presentado por los comparecientes el 27 de septiembre de 2022, que fue elaborado a partir de las propuestas de las víctimas. El documento consta de seis partes, entre las que exponen consideraciones sobre la justicia restaurativa, la aplicación de enfoques diferenciales de niñez y adolescencia, género, étnico-racial, de curso de vida o persona mayor, discapacidad y enfoque territorial, y mecanismos de consulta con víctimas, entre otras.

La Sala llamó la atención del Tribunal para la Paz sobre el reto de materializar el componente reparador-restaurador de la sanción propia en el contexto de una ausencia de oferta institucional. Valoró, que, en ese contexto, el esfuerzo de los comparecientes por presentar un proyecto colectivo de sanción propia fue bastante detallado, en el que identificaron fuentes de financiación.

¿Quiénes son los comparecientes?

Rodrigo Londoño Echeverry: conocido en la guerra como Timochenko: Fue el último comandante en jefe de las Farc-EP, desde la muerte de “Alfonso Cano” en 2011, hasta la firma del Acuerdo Final de Paz en 2016. Su periodo de comandancia se caracterizó por las negociaciones de paz realizadas con el gobierno de Juan Manuel Santos (2010-2018). Pastor Lisandro Alape Lascarro: conocido en la guerra como Pastor Alape: Fue comandante del Bloque Magdalena Medio de las Farc-EP desde su creación en 1993, hasta la firma del Acuerdo Final de Paz en 2016.

Milton de Jesús Toncel Redondo: conocido en la guerra como Joaquín Gómez, fue comandante del Bloque Sur de las Farc-EP desde 1993, al asumir ese rol desde la formación de esa estructura en la VIII Conferencia Nacional Guerrillera, hasta su reincorporación a la vida civil. A pesar de ser oriundo de Barrancas, Guajira, en su paso por la guerrilla desde su ingreso en 1984 y hasta la firma del Acuerdo Final de Paz siempre operó en el suroriente del país y casi toda su trayectoria fue como comandante del Bloque Sur. Fue miembro del Secretariado desde el 2008 y del Estado Mayor Central desde 2005.

Jaime Alberto Parra Rodríguez: conocido en la guerra como Mauricio Jaramillo o el Médico: fue el último comandante del Bloque Oriental de las Farc-EP desde el 2010 hasta 2016. Desde 1993 era miembro del EMBO (Estado Mayor del Bloque Oriental) y del 2003 al 2006 fue el segundo comandante del Bloque Oriental por debajo del “Mono Jojoy”.

Julián Gallo Cubillos conocido en la guerra como Carlos Antonio Losada, desde 1984 y hasta 2007 tuvo como responsabilidad la organización clandestina de las redes urbanas de las antiguas Farc- EP en Bogotá, donde residió hasta el año 2000, cuando se trasladó a San Vicente del Caguán. Desde entonces y hasta el 2007, según su propia versión, continuó desde zona rural de Cundinamarca y Meta bordeando el páramo de Sumapaz. En el 2008 fue nombrado miembro del Estado Mayor Central y miembro del Secretariado en 2011. En 2010 fue segundo o reemplazante del Bloque Oriental. La Sala le imputó, y el compareciente reconoció, su responsabilidad por crímenes de guerra de toma de rehenes, de lesa humanidad de graves privaciones de la libertad, y otros crímenes cometidos de manera concurrente.

Pablo Catatumbo Torres Victoria: conocido en la guerra como Pablo Catatumbo: Fue comandante de la Columna Móvil Alirio Torres y miembro del Estado Mayor del Bloque Móvil “Arturo Ruiz” desde 1997. Su trayectoria se desarrolló principalmente en el Occidente del país. Fue designado como titular del Estado Mayor Central de las Farc-EP en el 2000 y en el 2002, comandante de la Columna Móvil Arturo Ruiz.

Rodrigo Granda Escobar: conocido en la guerra como Ricardo Tellez, fue designado integrante del Estado Mayor Central en la VIII Conferencia Nacional Guerrillera en 1993. En 2004 fue nombrado en el Estado Mayor del Bloque Caribe. En el 2011 fue nombrado suplente del Secretariado.

En la guerrilla estuvo principalmente en la Comisión Internacional, haciendo una vida clandestina, sin uso de armas ni de uniformes, ni combatientes bajo su mando.

La Sala de Reconocimiento le imputó, y el compareciente reconoció, responsabilidad por crímenes de guerra de toma de rehenes y de lesa humanidad de privaciones de la libertad por haber participado con otros comandantes en la adopción de la política de privar de la libertad a civiles, con el fin de cobrar dinero por su libertad.

La Sección con Reconocimiento

La Sección con Reconocimiento del Tribunal de Paz tiene un término legal de seis meses para hacer un juicio de correspondencia entre las imputaciones, el reconocimiento y las sanciones presentadas por la Sala en esta Resolución de Conclusiones. Podrá escuchar a las víctimas y sus representantes así como a los comparecientes, y llamar a la Sala a dar aclaraciones sobre la materia de la resolución de conclusiones.

Al finalizar el juicio de correspondencia, adopta una sentencia que impone a los comparecientes una sanción propia y materializa los roles, actividades y restricciones a la libertad y derechos de cada uno.

Las sanciones propias están destinadas a los comparecientes que reconozcan responsabilidad y aporten verdad exhaustiva, detallada y plena. Contemplan una pena de mínimo cinco y máximo ocho años, bajo un régimen de restricción efectiva de libertades y derechos. Estas sanciones serán verificadas y monitoreadas por la JEP y la Misión de Verificación de Naciones Unidas. La compatibilidad de estas sanciones con el ejercicio de la actividad política también es materia de la sentencia que adopte la Sección con Reconocimiento del Tribunal de Paz.

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Publicado por Redacción Nacional

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