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Colombia
Sábado 04 de febrero de 2023 - 12:00 PM

Las reveladoras pruebas de la Fiscalía contra Poulos por el asesinato de Valentina

De acuerdo con el fiscal, Poulos debe ir a prisión porque existe un antecedente cercano de la forma como intentó fugarse para no dar la cara por lo que había hecho.

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 Colprensa / VANGUARDIA
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John Poulos, el estadounidense hallado culpable del feminicidio de la Dj Valentina Trespalacios, fue enviado a la cárcel por orden del juez de control de garantías que adelanta el proceso.

El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, encargado de definir a qué centro penitenciario sería trasladado, decidió enviarlo a la cárcel de mediana y máxima seguridad de La Picota, ubicada en Bogotá, y allí deberá permanecer hasta la siguiente sesión de su juicio.

En su audiencia del pasado jueves, se estableció que Poulos es un peligro para las víctimas y para la sociedad.

En estos momentos Poulos enfrentará cargos por los delitos de feminicidio agravado con dolo y ocultamiento de material probatorio, al señalarlo de ser el autor del crimen, pues fue la última persona con la que compartió la mujer antes del macabro hallazgo.

El coronel Daniel Gutiérrez, director del Inpec, fue quien analizó el caso y estableció que era este el establecimiento, puesto que por su “arraigo procesal y teniendo en cuenta las condiciones de seguridad que se requieren para el privado de la libertad”.

Aún falta establecer en qué pabellón y en qué celda especial será recluido, para evitar que sea atacado por otros internos, o se puedan presentar conflictos.

Una de las principales preocupaciones que expresó Juan Manuel Falla, abogado defensor de John Poulos, al término de la audiencia de medida de aseguramiento realizada era la seguridad del hoy procesado.

Los detalles del homicidio

Antes de imponer la medida de aseguramiento y enviar a la cárcel a Poulos el fiscal José Manuel Martínez Malaver, director Seccional de Fiscalías Bogotá, reveló los detalles de las evidencias que fueron tenidas en cuenta y el paso a paso de cómo habría sido el asesinato de la Dj, Valentina Trespalacios.

“Usted señor Jhon Nelson Poulus le quitó la vida a Valenttina Trespalacios Hidalgo como resultado de un proceso celotipico basado en una obsesión permanente respecto de la relación sentimental o de pareja sostenida con ella hasta el punto de concebirla como un objeto personal y por eso ejercía sobre ella un acoso y control sobre sus acciones y actuaciones”.

“Es así como le controlaba sus amistades personales le vigilaba sus redes sociales e incluso contrató un investigador privado para que la siguiera, compartimiento que se debe entender como violento dado que afectaba la integridad física, moral y sicológica de la víctima, pues le instrumentalizaba su condición de mujer”.

“Usted señor Jhon Nelson Poulus asfixió a Valentina Trespalcios mediante una acción de compresión en el cuello luego de haberla agredido físicamente pues le propinó de manera reiterada golpes en su rostro, cabeza, espalda y extremidades superiores”.

“Usted aprovechó su condición de hombre de contextura gruesa para dominar y reducir a Valentina Trespalacios para poderla agredir físicamente y estrangularla, la víctima no podía defenderse dada la inferioridad o desventaja física”.

“Usted señor Jhon Nelson Poulus luego de quitarle la vida a la señorita Valentina Trespalacios procedió a doblar su cuerpo aprovechando la flacidez del mismo y lo empacó en una maleta de viaje azul de propiedad suya, dejó la cabeza de la víctima por fuera, se la tapó con una manta o toalla, la subió en un carro de mercado, la introdujo en el baúl del carro el cual había alquilado con anteriorioridad y procedió a dirigirse hacia la carrera 109 con calle 23 vía única del barrio Los Cámbulos de la localidad de Fontibón y allí en un contenedor de basuras la arrojó”.

“Con esta manipulación grosera del cuerpo de la víctima usted Jhon Nelson Poulus afirmó su convicción de que Valentina era una cosa, la deshumanizó. En este momento señor Poulos quiero hacerle saber que en el código penal colombiano art. 104 feminidicio: quien causare la muerte a una mujer, por su condición de ser mujer o por motivos de su identidad de género, incurrirá en prisión de 250 meses a 500 meses”.

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Publicado por Redacción Nacional

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