Un juez de la República dejó sin efecto y de manera transitoria la resolución 1287 del 12 de noviembre de 2020 de la Superintendencia Nacional de Salud, en la que se ordenaba la suspensión de los servicios de la EPS.
Los afectados aseguran que esta decisión causaría perjuicios en la atención de más de 175 mil usuarios, en el contrato de más de 600 trabajadores y en las finanzas de la red pública hospitalaria del departamento.
Mediante un detallado informe, la EPS intentó desvirtuar los argumentos que tuvo la Supersalud para revocar su funcionamiento en este y tres departamentos más.