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Nacional
Miércoles 08 de junio de 2022 - 12:00 PM

Cómo mejorar la estructura tributaria de Colombia, Fedesarrollo da recomendaciones

Colombia cuenta con un estatuto tributario en el que persisten tratamientos desiguales entre empresas y personas.

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Suministrada / VANGUARDIA
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En el marco de la serie de documentos “¿Qué hacer en políticas públicas?”, Fedesarrollo lanzó hoy sus propuestas sobre cómo mejorar la estructura tributaria del país.

“Colombia cuenta con un estatuto tributario en el que persisten tratamientos desiguales entre empresas y personas, dado que las tasas efectivas de tributación dependen del sector económico en el que opera una empresa o de la posición ocupacional que desempeña una persona, lo que genera inequidades en la tributación”, afirmó el director ejecutivo de Fedesarrollo, Luis Fernando Mejía.

Aunado a lo anterior, el recaudo tributario en Colombia sigue siendo bajo, cercano al 14% del PIB–18% del PIB si se incluyen las contribuciones de seguridad social, frente a un promedio observado de recaudo de 22% del PIB en América Latina y de 34% del PIB en los países de la OCDE.

Además, subsiste una regresividad en el impuesto de renta de personas, pues las personas en el 5% de ingresos más altos pagan menos impuestos en proporción a sus ingresos que personas que tienen ingresos más bajos.

Finalmente, hay altos niveles de evasión en el pago de impuestos, del orden de 5,4% del PIB: 3,4% del PIB en el impuesto de renta a empresas, 1,3% del PIB en el IVA y 0,7% del PIB en el impuesto de renta a personas.

“Con base en este diagnóstico, Fedesarrollo le presenta al país una serie de propuestas que pretenden avanzar hacia un estatuto tributario que cumpla con tres principios fundamentales: simplicidad, equidad y eficiencia, con medidas complementarias que permitan de forma más efectiva luchar contra la evasión”,

comentó Luis Fernando Mejía.

Entre las propuestas se destacan:

Tributación a empresas: eliminar las exenciones sectoriales y empresariales existentes, con el fin de tener un estatuto tributario que trate de igual forma a todas las actividades productivas; introducir un impuesto mínimo de renta del 20% sobre las utilidades antes de beneficios tributarios; revisar y eventualmente eliminar las zonas francas, especialmente las unipersonales, que en la práctica son regímenes tributarios preferenciales para la comercialización de productos en el mercado doméstico; y eliminar el descuento del ICA frente al impuesto de renta, retornando al modelo anterior en donde el ICA es deducible del impuesto de renta como un costo de producción.

Tributación a personas: introducir un impuesto mínimo de renta del 5% sobre los ingresos brutos para las personas que están en el 5% de contribuyentes con más altos ingresos; e introducir un impuesto a patrimonios líquidos netos superiores a los $ 1.000 millones.

Impuestos indirectos: sustituir el actual mecanismo de compensación de IVA por uno de no pago del IVA para los hogares pertenecientes al 20% más pobre de la población; eliminar los días sin IVA, por su incidencia regresiva (quienes más aprovechan este beneficio son las personas de ingresos medios y altos); e introducir un impuesto ad valorem a las comidas y bebidas no saludables, como aquellas con alto contenido de sodio, azúcar y grasas saturadas.

En términos de medidas contra la evasión y elusión se proponen medidas en varias dimensiones. En cuanto a información y transparencia se debe: 1) publicar las declaraciones de renta de las empresas; 2) anonimizar y poner a disposición del público las declaraciones de renta de las personas; 3) establecer un registro de cabilderos o lobistas y empresas que usan sus servicios; 4) hacer interoperables las bases de datos de aduanas e impuestos.

Adicionalmente, se deben implementar medidas para limitar las deducciones y transacciones: 1) introducir una cláusula antiabuso que liste los gastos que empresas y personas no podrán deducir del impuesto de renta, como afiliaciones a clubes sociales, gastos laborales del personal de apoyo en la vivienda, gastos personales y gastos realizados en efectivo; 2) prohibir las transacciones en efectivo de inmuebles, semovientes, joyas, obras de arte, vehículos, aeronaves y embarcaciones con valor superior a los $2 millones.

Para propósitos del impuesto al patrimonio, los inmuebles, activos financieros y no financieros deben ser valorados a precios de mercado, no a su costo histórico. De igual forma, es esencial avanzar en la actualización catastral en predios rurales para que el valor declarado verdaderamente refleje el valor comercial.

Finalmente, en términos del personal de la Dian se sugiere: 1) establecer un régimen de remuneración y estabilidad laboral en la Dian que permita la contratación y remuneración de personal especializado de alto nivel, sujeto a remoción discrecional por razones de integridad o por participación en acuerdos con los declarantes o evasores; y 2) evaluar al personal de la Dian en función de su desempeño individual, eliminando los incentivos asociados a metas sobre el crecimiento del recaudo, migrando hacia incentivos a la inclusión de nuevos contribuyentes.

El documento completo, elaborado por el director ejecutivo de Fedesarrollo Luis Fernando Mejía, puede ser consultado en la página web https://quehacer.fedesarrollo.org.co/impuestos.

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Publicado por Redacción Economía

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