Publicidad

Nacional
Jueves 02 de febrero de 2023 - 12:00 PM

Este es el anuncio importante de la Dian sobre Nequi y Daviplata en Colombia

Una ciudadana preguntó que si los movimientos que se hacen por depósitos de bajo monto, como Nequi y Daviplata, pueden recibir un beneficio que trae el Estatuto Tributario.

Compartir
Imprimir
Comentarios
Suministrada / VANGUARDIA
Suministrada / VANGUARDIA

Compartir

Suministrada / VANGUARDIA

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) se pronunció, mediante un concepto sobre los efectos de Nequi o Daviplata en el país en la declaración de renta.

Esto lo hizo, a través de un documento del pasado 23 de enero, en el que le respondió a una ciudadana a cerca de si los movimientos que se hacen por depósitos de bajo monto, como Nequi y Daviplata, pueden recibir un beneficio que trae el Estatuto Tributario.

En otras palabras, si es posible que se acepten estas transacciones a la hora de reconocer costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables en la declaración de renta.

De acuerdo con el portal Valora Analitik, normalmente, así sucede con buena parte de los movimientos que realizan los colombianos por medio sus cuentas de ahorro y corriente en bancos y entidades financieras.

“No obstante, con Nequi y Daviplata no se podrá aplicar esa medida, de acuerdo con la respuesta entregada por la Dian”, indica el informe de este medio.

La Dian aclara que los depósitos de bajo monto y los depósitos ordinarios hacen parte de los ‘medios de pago’ (...). Sin embargo, aunque comparten características con las cuentas corrientes y de ahorro, no son depósitos bancarios.

“Los depósitos de bajo monto y las cuentas de ahorro corresponden a dos productos distintos”, citando un comentario de la Superintendencia Financiera”, agrega la entidad.

Cuáles son los efectos

Con este concepto, la Diana dejó claro que los movimientos hechos por Nequi y Daviplata no podrán aplicar a los beneficios de costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables en la declaración de renta.

De acuerdo con expertos en el tema consultados por Valora, esto implica que no se pueden cruzar recursos que se paguen por estos medios en temas del día a día.

Entre estos, unos pagos a contratistas, servicios de restaurante, transporte, servicios públicos y compra de materias primas, por mencionar algunos.

“Vale recordar que los costos y deducciones son elementos que las personas naturales pueden incluir en su declaración de renta para bajar el impuesto a pagar”, dice este medio.

También apunta que la Dian explica que los pagos que se realicen de estos por medio de plataformas como Nequi y Daviplata no se podrán cruzar con ese tributo.

“La razón principal es que este beneficio fue creado en Colombia en una reforma tributaria de 2010, cuando aún no existían en el país aplicaciones de este tipo. Por lo anterior, no están incluidas en el Estatuto Tributario y eso hace que los usuarios de Nequi y Daviplata y otras plataformas similares no tengan dicho beneficio”.

Elija a Vanguardia como su fuente de información preferida en Google Noticias aquí y únase a nuestro canal de Whastapp acá.

Publicado por Redacción Economía

Publicidad

Publicidad

Tendencias

Publicidad

Publicidad

Noticias del día

Publicidad