lunes, 20 marzo 2023
viernes 27 de enero de 2023 - 12:00 AM

¿Despechado? No se desquite publicando fotos íntimas de otra persona

Vemos estos casos con mucha frecuencia, la expareja, alguien con quien se ha enemistado o jóvenes abusadores en los colegios o la universidad, publican fotos y videos íntimos de mujeres (y a veces de hombres) por venganza o, incluso, solo para hacer daño. Pues lo mejor sería dejar de hacerlo pues es un delito. Y muy grave.

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En noviembre de 2020, la esposa de un colombiano infiel encontró en la aplicación de WhatsApp del celular del susodicho unas fotografías íntimas que su amante le había enviado.

La esposa, en medio de su ira por descubrir el engaño de su marido, se envió a su cuenta de WhatsApp las fotografías y, en un acción que debió pensar mucho mejor, amenazó a la amante de su marido: publicaría las fotos en Facebook y se las enviaría a sus compañeros de trabajo.

La abogada Liliana Páez señala que en el país existe la Ley 1581 de 2012 que establece una conducta punible para quien publique un video, foto o información íntima de otra persona. Y según lo consagrado en el artículo 3, ítem 3 de la Ley 1581, este delito puede dar hasta 12 años de cárcel.

Y eso hizo. Ese mismo mes, la esposa del hombre publicó en su cuenta personal de Facebook dos fotografías de una mujer en ropa íntima, sin dejar ver su rostro.

La primera fotografía se acompañaba de la leyenda: “otra de muchas y de la otra también tengo un video”. La segunda imagen venía con la leyenda: “hasta que la encontré”.

Y ese mismo día, la esposa acudió al lugar del trabajo de su marido y expuso las fotos de su amante a quien quisiera verlas.

La Ley 1273 de 2009 creó una protección a la violación de los datos personales que da de 8 a 12 años de cárcel y la Ley 1336 de 2009 se refiere a la lucha contra la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes, cuando sucede el caso de menores de edad.

Estos hechos se narran en la Sentencia T-339/22 de la Corte Constitucional, hasta donde llegó la acción de tutela instaurada por la mujer a quien pertenecían las fotos y que alegó que se habían vulnerado sus derechos fundamentales, además de que había visto afectada su salud.

A pesar de que la mujer que divulgó las fotos alegó que lo había hecho en medio de un ataque de ira, que había borrado la publicación de Facebook y que no había reenviado por WhatsApp las fotos a nadie más, lo cierto es que la Corte sentó posición sobre este caso, y advirtió que el famoso “despecho” no es excusa para cometer este tipo de actos.

Una herramienta online bastante útil para saber si hay fotos en las que aparecemos en Internet es TinEye. Al igual que la búsqueda inversa de Google, este servicio permite encontrar fotos similares a la imagen que se cargue.

El ente ordenó a la expareja de la mujer borrar o destruir las fotografías en un plazo de 48 horas, y remitió copia del fallo a la Fiscalía General para que adelante las acciones de su competencia.

La Corte también advirtió que el compartir imágenes de este tipo puede ocasionar daños psicológicos a la víctima: “El exhibir a terceros este tipo de imágenes, sin consentimiento de la persona y como resultado de una apropiación indebida de ellas, puede llegar no solo a tener consecuencias jurídicas, sino que también puede llegar a afectar la salud mental de la persona a la que se exhibe”.

Así que, si tiene en su poder fotografías íntimas de alguien, sea su expareja, amiga (o amigo) o enemiga (o enemigo) es mejor que se abstenga de publicarlas porque ya le queda claro que es un delito.

$!¿Despechado? No se desquite publicando fotos íntimas de otra persona

¿Cómo denunciar?

El abogado Hugo Duarte explica que lo primero es que recolecte todo el material que pruebe que se reveló información íntima o privada, luego debe hacer la denuncia en la Fiscalía General de la Nación en la Unidad de Delitos Sexuales y adjunte todo el material recopilado. Si se es menor de edad, debe ir con un acompañante o tutor para que interponga la denuncia en nombre de la víctima. Y cuando la Fiscalía reciba la denuncia se debe especificar en qué red social o plataforma digital se encuentran las imágenes o videos íntimos.

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