La Fiscalía española pidió al juzgado que investigue las torturas de la Policía franquista a un sindicalista en una comisaría de Barcelona, invocando por primera vez la nueva ley que abre la puerta a indagar crímenes de la dictadura (1939-1975) que la Ley de Amnistía impedía perseguir.
Estas son las claves de una decisión de la Fiscalía que abre un nuevo camino en España para que las víctimas del franquismo y la Guerra Civil (1936-1939) puedan acudir a la justicia en busca de verdad y reparación, con apoyo del ministerio público.
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La Ley de Memoria, un nuevo escenario normativo
La Fiscalía fundamenta su apuesta por investigar los crímenes del franquismo en que la nueva Ley de Memoria Democrática supone “un nuevo escenario normativo de insoslayable importancia”, especialmente porque “impone al Estado la obligación” de esclarecer la violaciones de derechos humanos en la guerra y la dictadura a través de “investigaciones públicas”.
La Ley, además, obliga a crear un fiscal de sala de Memoria cuya función será “practicar las diligencias” establecidas en la norma, intervenir en los procesos penales de especial trascendencia y ejercer la acción pública en esos casos.
Tratados internacionales
Argumenta la Fiscalía que los principios del Derecho Internacional Penal, cuando se refieren a delitos contra los derechos humanos “esenciales”, y los tratados internacionales deben ser incorporados en la interpretación de las leyes internas y de la propia Constitución, que así lo establece.
En ese sentido, la ley de Memoria Democrática prevé que todas las leyes, incluida la de Amnistía aprobada en 1977, “se interpretarán y aplicarán de conformidad con el derecho internacional” y, en particular, con el humanitario.
Los delitos contra la Humanidad no prescriben
La prescripción de los delitos ocurridos durante la dictadura y la guerra es, junto a la Ley de Amnistía de 1977, el principal motivo que hasta ahora impidió que prosperaran las investigaciones judiciales sobre los crímenes del franquismo.
En ese sentido, arguye la Fiscalía que el derecho humanitario establece que los crímenes de guerra, de lesa humanidad, de genocidio y tortura son considerados “imprescriptibles y no amnistiables”.
En cualquier caso, insiste el ministerio público invocando la jurisprudencia, incluso para declarar su prescripción todo delito debe ser investigado, de forma que “la cuestión aparezca tan clara y diáfana que de modo evidente y sin dejar duda al respecto no admita alegación al contrario”.
Investigar el contexto
La Fiscalía defiende que no se puede archivar una querella por posibles crímenes contra la humanidad, en base a la Ley de Amnistía y a la prescripción del delito, sin llevar a cabo las diligencias de investigación necesarias para “determinar los contornos de los hechos denunciados, las circunstancias contextuales” y “posibles patrones de conducta”.
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Considera que son elementos necesarios para que la justicia pueda adoptar una “decisión fundada en derecho” sobre qué delito constituyen los hechos denunciados, así como sobre su prescripción y “carácter aministiable”.
Delito común versus delito contra la Humanidad
Para ello, prosigue, es “imprescindible realizar una determinación del contexto” en el que ocurrieron los hechos, para determinar si los constituyen “un delito común o bien una grave vulneración de los derechos humanos integrante de un delito contra la humanidad”.
Ese delito incluye, según la Fiscalía, los “homicidios, asesinatos, detenciones ilegales, desapariciones forzadas, torturas y otros similares”, ejecutados desde “estructuras de poder organizadas dentro del Estado o de una organización similar” que son aprovechadas por los autores para facilitar su ejecución y procurar su impunidad, con una “finalidad específica de persecución o represión de unos determinados colectivos sociales”.
El derecho a la verdad
Investigar los crímenes del franquismo, para Fiscalía, no solo abunda en la garantía del derecho a la justicia, “sino también del derecho a la verdad”, que es uno de los que articulan el derecho internacional humanitario y la propia ley de Memoria Democrática.
De hecho, en su exposición de motivos la ley obliga a “garantizar el derecho a la verdad y a la justicia” de las víctimas de graves violaciones de derechos humanos, todo ello con el fin de fomentar “la convivencia pacífica y el continuo desarrollo de nuestra democracia”.
También Naciones Unidas y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos consagraron el derecho a la verdad, teniendo en cuenta, recuerda la Fiscalía, que las violaciones de derechos humanos “además de afectar a las víctimas directas o indirectas, tienen incidencia sobre intereses más amplios”.