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opinion/columnistas/jorge gomez-duarte
Martes 19 de octubre de 2021 - 12:00 PM

El individualismo en la salud

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La salud es un derecho fundamental de todos los colombianos y está claramente plasmado en la Constitución Nacional, implicando la obligación perentoria del Estado en prestar los servicios de salud a todo aquel que lo requiera y en las mejores condiciones posibles, dentro de nuestro territorio.

En cuanto a la organización de los servicios, el Gobierno ha delegado el aseguramiento de la salud a las Empresas Promotoras de Salud EPS, contemplando dos regímenes: el contributivo, financiado con aportes de los usuarios, y el subsidiado, financiado por el Estado. Igualmente, el Gobierno, como responsable directo de la salud, debe ejercer la vigilancia y el control de los recursos y la calidad de los servicios prestados por las EPS y las Instituciones Prestadoras de Servicios IPS, ya sean públicas o privadas.

En estos términos, los colombianos tenemos el derecho de quejarnos ante la Supersalud y Minsalud, cuando creemos que nuestros derechos han sido vulnerados, o recurrir a la justicia ordinaria mediante una tutela, cuando las anteriores opciones no han dado solución a los reclamos y pretensiones.

Hasta ahí, todo se ve de maravilla y el Sistema de Salud Colombiano, en la teoría, es considerado por los expertos internacionales como uno de los mejor planteados del mundo. Los inconvenientes se dan cuando los intereses económicos de los aseguradores y prestadores de servicios y el idealismo de los usuarios por recibir unos servicios de tercer mundo no son posibles, como consecuencia de los limitados recursos económicos, el desarrollo científico y tecnológico existente en el país, las diferencias territoriales en cuanto a este desarrollo y las necesidades sociales complementarias a la prestación de servicios de salud.

Este diferencia entre lo deseado y lo recibido ha generado una lluvia de quejas ante la Supersalud, muchas de ellas justas y producto de la mala calidad de los servicios en algunas EPS e IPS; como también acciones de tutela presentadas a la justicia ordinaria y falladas por los jueces, en su mayoría relacionadas con aspectos sociales de los usuarios y sin una adecuada valoración de la realidad social de estos.

No podremos tener en la práctica un buen sistema, mientras todos los actores, incluidos los usuarios, persistamos en la búsqueda de intereses personales, sin importar la responsabilidad individual ante su salud, la pertinencia de las acciones curativas o paliativas y la contribución de cada quien en la viabilidad económica del sistema.

Tanto la vida, como los recursos son finitos, tratemos de mejorar y alargar su existencia.

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