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Miércoles 16 de junio de 2021 - 12:00 PM

Bolsa de productos

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A propósito de la controversia generada por la decisión de la Alcaldía de Bucaramanga, al contratar la Plataforma de Telegestión, telemedida, supervisión y monitoreo en tiempo real de la Red de Alumbrado Público, a través de bolsa de productos y no de licitación pública, es necesario conocer en primer término, de que se trata tal mecanismo de contratación.

De acuerdo con las normas que rigen la contratación pública, existen casos en los cuales es posible aplicar procedimientos diferentes a la licitación pública, en razón a la naturaleza, objeto o finalidad del contrato que se pretende suscribir.

Uno de estos casos, es la contratación de bienes y servicios de características técnicas uniformes, entendiéndose, como aquellos que prestan la misma utilidad para la administración y satisface la necesidad de la misma forma, independientemente de quien lo ofrece. En estos casos la ley indica que deben adquirirse a través de subasta inversa, y una de las modalidades para ello, es, la adquisición a través de bolsa de productos figura bajo la cual, la entidad pública selecciona un comisionista y posteriormente éste efectúa los procedimientos tendientes a realizar la subasta inversa on line, dentro de la plataforma de la Bolsa Mercantil de Colombia.

Cuando se elija este mecanismo, la entidad pública contratante tiene como deber, estudiar, comparar e identificar las ventajas de utilizar la bolsa de productos, incluyendo el análisis del proceso de selección del comisionista, los costos asociados, el valor de la comisión y las garantías respectivas y es obligación de la bolsa Mercantil de Colombia, estandarizar, tipificar y actualizar la lista de los bienes y servicios, de tal manera que solo aquellos que estén en la lista, puedan ser adquiridos a través de este mecanismo.

En el mencionado proceso de la Bucaramanga, se pretende adquirir Hardware, Software y conectividad, generando un sistema de sensores con datos y protocolos de comunicación para obtener información en el alumbrado público, razón por la cual, la administración municipal estima, que se trata de un proceso de características técnicas uniformes, que puede ser tramitado por subasta inversa y no por licitación pública.

De cualquier manera, es indispensable, que las empresas santandereanas, se capaciten sobre las diferentes modalidades de contratación y puedan participar con ofertas competitivas, no solo a nivel local, sino también, en el contexto nacional, siendo la contratación pública una fuente significativa de oportunidades de negocios en el marco de la reactivación económica.

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