Publicidad

Política
Viernes 20 de enero de 2023 - 12:00 PM

Tras fuertes cuestionamientos, fallo judicial tumba acuerdo que creaba Profloridablanca

Un juez anuló el acuerdo municipal que creaba esta empresa industrial y comercial en Floridablanca, propiedad del municipio, pero que había sido señalada por varios sectores como una estrategia para evadir el Estatuto de Contratación Pública.

Compartir
Imprimir
Comentarios

Compartir

En fallo de primera instancia, el Juzgado Quince Administrativo del Circuito Judicial de Bucaramanga tumbó el Acuerdo 004 del 2021, mediante el cual la administración del alcalde Miguel Ángel Moreno creaba Profloridablanca, una empresa industrial y comercial del municipio que, según lo aprobado por el Concejo Municipal, podría contratar con el Estado pero no se sometería al Estatuto de Contratación Pública.

Según el fallo, dicho acuerdo municipal infringía las normas en que debía fundarse ya que el estudio demostrativo radicado por la administración municipal para argumentar la necesidad real de la creación de Profloridablanca, no resultaba suficiente para respaldar la iniciativa, dada la amplitud del objeto y la multiplicidad de actividades que se pretenden desarrollar.

“El estudio demostrativo se limita a señalar la necesidad de crear una entidad para satisfacer la necesidad del municipio de Floridablanca de desarrollar actividades de naturaleza industrial y comercial, con el propósito de impulsar, orientar, crear oferta de bienes y servicios, contribuir en la reactivación económica, al fortalecimiento de cadenas de valor y a incentivar la económica creativa del Municipio; sin embargo, no demuestra el por qué se requiere, es decir, no pone de presente un estudio real y concreto respecto a una necesidad específica y actual que requiera satisfacer la entidad territorial, por el contrario, se hace de manera etérea y abstracta”, se lee en el fallo conocido por Vanguardia.

Así mismo, el Juzgado Quince Administrativo del Circuito consideró que el proyecto de Acuerdo 004 del 2021, aprobado por el Concejo de Floridablanca tampoco cumplía con requisitos mínimos contemplados en la Ley para su creación.

“De lo observado en el estudio previo al acto de creación hoy demandado, se advierte que la entidad se limita a señalar que Profloridablanca (empresa industrial y comercial del Estado de orden municipal) obrará por medio de sus órganos, la Junta Directiva integrada por un número impar de miembros con sus suplentes personales provenientes de la administración del ente territorial y/o representantes de gremios o sectores productivos territoriales, así como del Gerente General, sin determinar la forma de integración y de designación de sus titulares, el número de personas que integrarán la Junta Directiva, cuántas provenientes de la administración, cuántos representantes de los gremios, cuales gremios, siendo entonces dicha creación genérica e indeterminada”, concluyó el juez del caso.

Un "contratadero" en Floridablanca

Para el senador de la Alianza Verde, Fabián Díaz, autor de la demanda, el Acuerdo municipal 004 del Concejo de Floridablanca buscaba crear una empresa que permitiría la contratación a dedo en el municipio. El proyecto de acuerdo tenía múltiples irregularidades y violaba los principios de contratación publica.

“Ganamos la demanda y logramos la nulidad del Acuerdo 004 de Floridablanca con el que pretendían crear una empresa que afectaría las finanzas del municipio y permitiría la contratación a dedo. La creación de esta empresa iba a favorecer los intereses privados y violaba los principios de contratación pública”, explicó el Congresista santandereano.

El ingeniero Rodrigo Fernández, expresidente de la Sociedad Santandereana de Ingenieros, SSI, y consultor en contratación pública, celebró el fallo en primera instancia al considerar que este tipo de empresas son solo unos "contrataderos" usados por las entidades territoriales, como alcaldías, para evadir la Ley de Contratación Pública.

“Esas empresas industriales y comerciales del Estado y empresas de economía mixta de creación vía Ordenanza o por Acuerdo municipal, cómo Profloridablanca, tienen un propósito fundamental: evadir la ley 80/93 y los pliegos tipo. Por ello los hemos denominado contrataderos. Eso está demostrado y documentado en el monitoreo, diario, que hacemos a la gestión contractual de las Entidades Territoriales. Por esta vía de los contrataderos se embolataron, por ejemplo, los recursos de Ocad Paz”, señaló Fernández.

La determinación del juez Quince Administrativo del Circuito fue apelada por la administración de Miguel Ángel Moreno, por lo que ahora será el Tribunal Administrativo de Santander el que tendrá que decidir el futuro jurídico de Profloridablanca.

Elija a Vanguardia como su fuente de información preferida en Google Noticias aquí y únase a nuestro canal de Whastapp acá.

Publicado por Oscar Iván Rey Herrera

Publicidad

Publicidad

Tendencias

Publicidad

Publicidad

Noticias del día

Publicidad